Pautas para el Uso de la Biblioteca

Ver también: Normativa #206 para el Uso de Internet

Objetivo

La Biblioteca Pública de San Francisco ("Biblioteca") se esfuerza en ofrecer al público una experiencia agradable y segura en una atmósfera orientada al estudio, la lectura, y el uso adecuado de materiales y servicios. Para que todas las personas puedan disfrutar de los beneficios de la Biblioteca, las personas que visiten o usen las instalaciones o los servicios ("usuarios") de la Biblioteca, deben acatar las siguientes Pautas para el Uso de la Biblioteca.

Para Asegurar el Acceso a los Servicios de la Biblioteca a Todos los Usuarios, las Siguientes Actividades Están Prohibidas en la Biblioteca:

  1. Participar en altercados físicos que incluyan agresiones y peleas.
  2. Mostrar armas de fuego u otras armas mortales en las instalaciones de SFPL de manera grosera, agresiva o amenazante. Las excepciones de esta prohibición son aceptadas para los Oficiales de Policía y las personas con licencia para portar armas de acuerdo con la ley estatal.
  3. Participar en actos de mala conducta sexual, incluyendo exposición indecente, contacto sexual o relaciones sexuales y/o exhibir actos obscenos o lascivos.
  4. Posesión y/o uso de drogas ilegales.
  5. Robo o vandalismo de propiedad de SFPL, o la propiedad personal de los usuarios o el personal de la biblioteca.
  6. Usar lenguaje ofensivo o amenazador o palabras que de otra forma sea probable que provoquen un reacción violenta inmediata.
  7. Uso no razonable de los sanitarios, incluyendo fumar, promover ventas o donativos, bloquear la plomería mirar hacia un área que está diseñada para proporcionar privacidad a un persona que use dicha área.
  8. Depositar fluidos corporales en la propiedad de SFPL, incluyendo colecciones, equipo y mobiliario de las bibliotecas.
  9. La presencia no autorizada en áreas designadas como solamente para el personal, y/o ingresar o permanecer en las instalaciones de la biblioteca antes o después de la horas programadas de operación.
  10. Mostrar signos de estar bajo la influencia del alcohol o drogas ilegales.
  11. Dejar a un niño menor de ocho años sin la supervisión de una persona responsable. Los niños pequeños que visitan la Biblioteca Pública de San Francisco son la responsabilidad de sus padres o tutores. La Biblioteca no tiene una función de loco parentis. La Biblioteca no puede aceptar la responsabilidad por la seguridad y la supervisión de niños pequeños.
  12. Comunicación verbal o atención no verbal que sea intencional, maliciosa o un acoso reiterado.
  13. Fumar productos de tabaco o usar cigarrillos electrónicos dentro de las instalaciones de la biblioteca o a una distancia menor de 20 pies de cualquier entrada.
  14. Uso fraudulento de la tarjeta de biblioteca de otro usuario y/o el número de cuenta para cualquier propósito, incluyendo reservar computadoras.
  15. Hacer cualquier ruido fuerte o no razonable, o alguna otra perturbación, incluyendo el uso perturbador de dispositivos de comunicación personal o entretenimiento.
  16. Las personas, animales o propiedades no deben bloquear los pasillos, puertas, escaleras, elevadores ni rampas. No se pueden introducir a las instalaciones de la biblioteca objetos grandes, como carritos, bicicletas ni maletas. Los usuarios de la Biblioteca deben mantener sus propiedades personales con ellos en todo momento.
  17. No pueden usarse patines, patinetas, tablas de patinaje, bicicletas, ni otros dispositivos similares en las instalaciones de la Biblioteca.
  18. Las áreas de entrada de la Biblioteca serán usadas exclusivamente par entrar y salir de la Biblioteca y como área de espera temporal para los usuarios de la Biblioteca.
  19. Bloquear las áreas de entrada de la Biblioteca o interferir con el libre flujo del tráfico de peatones en dichas áreas.
  20. Comer alimentos o consumir bebidas de un contenedor abierto está prohibido, excepto en las áreas designadas. Están prohibidas la bebidas alcohólicas.
  21. Solicitar dinero, donativos o firmas.
  22. Medios o fotografía comercial o filmaciones, sin el permiso previo de la administración de la Biblioteca.
  23. Emitir olores fuertes y permanentes, incluyendo olores causados por perfumes o colonia que interfieren razonablemente con la comodidad de los usuarios o el personal de la Biblioteca, o su seguridad, utilización o disfrute pacífico de la misma.
  24. Se requiere usar ropa que cubra la parte superior e inferior del cuerpo, además de usar zapatos u otro tipo de calzado.
  25. Rehusarse a dejar el edificio y/o la computadora de la biblioteca durante una evacuación de emergencia.
  26. Usar las instalaciones de la SFPL para propósitos no planeados, que incluyen: vivir ahí, dormir, bañarse (excepto lavarse las manos), lavarse con champú, afeitarse, aseo personal, cambiarse de ropa, lavar ropa o utensilios.
  27. Manipular y/o interferir con las computadoras de SFPL, las reservaciones por Internet y/o sistema de administración de impresión.
  28. Adultos que usen el área infantil sin un infante o sin una necesidad de ver las colecciones para niños.
  29. Vender mercancías sin previo permiso de la Biblioteca.
  30. Dormir o recostarse en el piso o en los muebles.
  31. No registrar los materiales de la biblioteca antes de salir de ella.
  32. Dentro de esta instalación no se permiten animales, que no sen animales de servicio para incapacidad.

Las personas que no cumplan estas pautas pueden recibir un aviso del personal de la Biblioteca y/o una oportunidad para cesar en su incumplimiento o salir de la Biblioteca. Las personas que realicen actividades prohibidas, y transgredan de forma deliberada y repetida estas pautas u otras regulaciones anunciadas de la Biblioteca (reglas para el uso de las computadoras), pueden ser expulsadas de las instalaciones y/o ver suspendidos sus privilegios de la Biblioteca. Además, la violación de estas pautas puede resultar en arresto si lo autoriza la ley local, estatal o federal. Los usuarios de la biblioteca que desean solicitar una razonable modificación de estas pautas por motivos de minusvalía o problemas de salud, pueden comunicarse con el personal de la Biblioteca o llamar al teléfono 415-557-4557 del Director de los Servicios de Acceso a la Biblioteca (Library’s Access Service Manager).

LA LEY DEL ESTADO DE CALIFORNIA AUTORIZA AL PERSONAL DE LA BIBLIOTECA A REGISTRAR CARTERAS DE MANO, BOLSAS, PORTAFOLIOS, O CUALQUIER TIPO DE PAQUETES. PARA PODER PREVENIR EL ROBO DE LIBROS Y MATERIAL DE LA BIBLIOTECA, LA LEY DEL ESTADO AUTORIZA LA RETENCION, DURANTE UN PERIODO DE TIEMPO RAZONABLE, DE CUALQUIER PERSONA QUE UTILIZA ESTAS INSTALACIONES Y QUE SEA SOSPECHOSA DE HABER COMETIDO UN "ROBO BIBLIOTECARIO." (CODIGO PENAL DE CALIFORNIA, SECCION 490.5)

Normativa #201. Código de Conducta de los Usuarios Bibliotecarios: Pautas para el Uso de la Biblioteca

Aprobada por la Comisión de la Biblioteca el 7 de agosto de 2001. Corregida por la Comisión de la Biblioteca el 16 de agosto de 2007. Corregida por la Comisión de la Biblioteca el 18 de septiembre de 2014